martes, 31 de agosto de 2010

¿Qué es lo que provoca o genera el surgimiento del derecho económico?

El Derecho económico como un conjunto sistematizado y ordenado de conocimientos jurídicos relacionados con la economía política, es una disciplina que se ha manifestado en los últimos tiempos, con una notable influencia del Derecho francés y del alemán, que la han desarrollado en forma bastante extensa, en un proceso de investigación que aun continua con bastante éxito.


Hugo Rangel Couto, El Derecho económico Ed. Porrúa. S.A. 1980 formula esta consideración sobre diversas clases de normas: “ Claro que habría que pensar en dos sectores de normas: uno el de las que servirían para ayudar y amortiguar los efectos nocivos de las fluctuaciones económicas facilitando así la continuidad del desenvolvimiento y otro sería el del conjunto de normas que propician el desarrollo económica propiamente dicho y que se cataliza por diversos indicios: más producción, mejor productividad, mayor coeficiente del ahorro y de inversión, menos crecimiento demográfico etc. Siendo el primer sector de normas jurídicas el que sería prioritario para los países desarrollados y el segundo sector el que sería más importante para los que están en vía de desarrollo, para estos últimos habría que agregar necesariamente el desarrollo social que consistiría, en suma, en la redistribución del ingreso nacional atreves de mejor salubridad, educación habitación y alimentación para las grandes mayorías marginadas. Todas las normas relativas a estos dos sectores vendrían a constituir el derecho económico positivo.

Las diferentes concepciones del derecho económico derivan en relaciones diferentes entre él mismo y otras ramas del derecho. Así, se tiene una concepción conforme a la cual una norma es de derecho económico desde el momento en que rige relaciones económicas, nos vamos a encontrar con que el derecho económico incluye normas de prácticamente todos los derechos y sus límites son difícilmente precisables. Si la noción que se acepta es aquella que afirma que sólo forman parte de él las normas que regulan la intervención y la actividad económicas del Estado, en este caso el dominio de este derecho se restringe considerablemente. Pero, incluso aquí su dominio es impreciso, pues hay autores que en nombre de una visión amplia, incluyen dentro del derecho público económico todas aquellas normas que aun teniendo una naturaleza privada, el ser utilizadas por el Estado se incluirían dentro del derecho económico.